viernes, 9 de agosto de 2013

Camargo destinará más presupuesto a reforzar el apoyo a familias para hacer frente a gastos básicos y de emergencia

Camargo va a reforzar las partidas destinadas a prestar ayudas de emergencia a las familias necesitadas del municipio. El alcalde, Diego Movellán, ha explicado que está previsto realizar una transferencia para incrementar la dotación de la partida que hace posible que cuando en una familia los ingresos no alcanzan a cubrir las  necesidades básicas o cuando son tan escasos que hacer frente a un gasto inesperado pero inevitable se convierte en algo imposible, el Ayuntamiento de Camargo pueda echar una mano a sus vecinos a través de las Ayudas Económicas de Emergencia.

En lo que va de año, Camargo ha atendido con más de 16.000 euros a 43 solicitudes de ayuda de emergencia, un 'SOS' que los vecinos en situación económica precaria pueden lanzar a su Ayuntamiento en cualquier momento, a través del Departamento de Servicios Sociales, y por la que 43 familias han recibido cantidades que ascienden a una media de 372 euros.

Estas cifras suponen que las ayudas concedidas en lo que va de 2013 son ya el doble de la totalidad de las concedidas en todo 2012, año en el que se atendió a 16 familias.

En total, en el último año y medio, 59 familias de Camargo han recibido ayudas para hacer frente a situaciones de emergencia por un importe medio de 400 euros procedentes de sus vecinos

El alcalde de Camargo Diego Movellán ha anunciado que “sea cual sea la coyuntura económica que Camargo atraviese, aumentaremos la cantidad con la que está dotada la partida desde la que el Ayuntamiento paga estas ayudas de emergencia hasta estar seguros de que nadie se quede fuera”.

El primer edil ha recordado que servicios como la teleasistencia domiciliaria siguen y seguirán siendo gratuitos en Camargo, a pesar de las reducciones de ayudas por parte de otras Administraciones.

Las ayudas para emergencias y necesidades básicas no están sujetas a una convocatoria y a unas bases rígidas y son la vía por la que se canaliza el apoyo de unos vecinos a otros.

Servicios Sociales analiza cada solicitud de forma individual y minuciosa, verifica los datos y evalúa la cantidad a conceder, que posteriormente son concedidas por la Junta de Gobierno Local.

Estas ayudas permiten por ejemplo abonar gastos derivados del alquiler de la vivienda, afrontar reparaciones de carácter urgente y sin las que la vivienda no sería habitable, satisfacer gastos imprevistos relacionados con otras necesidades esenciales que no son cubiertas por otros sistemas de protección social como ayudas técnicas, medicamentos, comedores etc.

Además, a través de este canal de apoyo social se apoya a las familias y personas que tienen dificultades para la cubrir los gastos por compra de  alimentos, productos básicos de higiene personal y de limpieza de la casa, suministros para garantizar unas condiciones vitales y de salubridad mínimas.

También es posible solicitar apoyo por este canal para abonar los gastos de desplazamientos para asistencia a cursos de formación y búsqueda de empleo, con el fin de que nadie pierda una oportunidad de acceder al mercado laboral por carecer de dinero para llegar a ella.

Las ayudas económicas se otorgarán a fondo perdido, no generando ningún derecho a la obtención de otras subvenciones en años posteriores y no podrán alegarse como precedentes.

Para solicitar ayudas de emergencia es preciso entre otros requisitos estar empadronado y residir en el Camargo, no recibir otras ayudas para la misma finalidad y que los menores a cargo de la familia o del solicitante si los hay estén correctamente escolarizados.

En caso de unidades familiares de un solo miembro, la renta per cápita del solicitante no puede ser superior al salario mínimo interprofesional y si la unidad familiar se compone de más de un miembro, la renta bruta se incrementará en un 25 % por cada uno de los miembros adicionales.

También se atiende a las necesidades de familias con ingresos superiores pero que se encuentran en dificultades por estar soportando un gasto de hipoteca o alquiler, que una vez restado de los ingresos,  la cantidad resultante  sea inferior al 75% del salario mínimo interprofesional.

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